
La Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, aprobada el pasado mes de junio en el Congreso, establece que los centros escolares deben tener menús alternativos a los habituales dirigidos a menores con alergias o intolerancias alimentarias, adaptados a sus necesidades, pero no hace referencia a personas celíacas.
Además, prohíbe a los profesionales sanitarios, científicos y pacientes, ya sean estos últimos reales o ficticios, participar en los mensajes publicitarios que quieran mostrar los beneficios de los alimentos, una norma creada para impulsar hábitos saludables entre la población e impedir innecesarias conductas consumistas.
Se prohíbe, igualmente, promocionar el consumo de alimentos que busquen la sustitución de la dieta habitual, sobre todo en casos de lactantes, embarazadas, infantes o personas de la tercera edad. Sí se permite, por el contrario, que la publicidad cuente con el aval de instituciones vinculadas con la salud y la nutrición, siempre que se comprometan a utilizar los recursos económicos a actividades que beneficien la salud.
Una nueva Ley que va acompañada de la promesa del Gobierno de crear un Observatorio de Nutrición y de Estudio de la Obesidad, que analizará la publicidad sobre los alimentos emitida por los diferentes medios de comunicación, haciendo hincapié en los anuncios dirigidos a menores de edad.

El Observatorio, además, realizará un estudio sobre las costumbres alimentarias y de actividad física de los ciudadanos, así como un seguimiento de la obesidad y el sobrepeso en España, un problema del que hoy se ocupa la Estrategia de la Nutrición, Actividad Física y Prevención de la Obesidad (NAOS), creada en 2005.
Para evitar perjudicar a los menores, queda prohibida la publicidad en centros escolares y escuelas infantiles, no siendo campañas nutricionales y de fomento del deporte, contando siempre con la aprobación de las autoridades educativas competentes.